22.4.08

Ley Integral contra la Violencia de Género

Un nuevo artículo de Andrés Montero Gómez, Director del Instituto de Psicología de la Violencia, en el que crítica el hecho de que diversos profesionales de Derecho planteen la inconstitucionalidad de la Ley Integral contra la Violencia de Género porque ésta plantea una tipificación penal diferente a los hombres respecto a las mujeres.

Según comenta: "Los contrarios a la dimensión penal de la Ley Integral esgrimen que si un hombre pega una bofetada a una mujer no debe considerarse delito si, al mismo tiempo, no se considera delito que una mujer pegue una bofetada a un hombre."
Ante este plateamiento más adelante en su artículo plantea el siguiente argumento para rebatir la anterior idea: "lo que propone la revolucionaria Ley Integral contra la violencia de género es que un bofetón de hombre hacia una mujer no es equivalente a una bofetada en sentido contrario. Por ello puede articular una penalización distintiva. Realmente lo que intenta corregir la Ley Integral es la desigualdad inherente a la falsa igualdad percibida, es decir, la discriminación existente hacia la mujer derivada de que antes de la Ley se consideraba que una bofetada suya a un hombre era equivalente a la que aplicaba un hombre a una mujer. Así las cosas, estamos justamente en el punto contrario. La ley contra la violencia de género ha venido a introducir igualdad donde antes existía desigualdad, discriminación penal por razón de sexo."

Un artículo que podemos leer aqui en su totalidad, y que da pie a reflexionar sobre el concepto de igualdad y aporta argumentos contra quienes no permiten avanzar en igualdad con la excusa de que acciones positivas a favor de la mujer son acciones "no igualitarias".

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